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Código Financiero Artículo 198 bis Estado de México


Código Financiero México
Artículo 198 bis.

Cuando en el transcurso de un ejercicio fiscal se requiera la creación de nuevas manzanas para efectos del cálculo del valor catastral se aplicará el valor unitario de suelo del área homogénea que las contenga y el valor unitario de construcción que le corresponda conforme a la tabla vigente; en estos casos la autoridad catastral municipal deberá remitir al IGECEM copia del gráfico y la relación de movimientos al registro alfanumérico y realizar la propuesta correspondiente en términos del artículo 195 de éste Código, para efectos de actualizar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones.

Lo establecido en el párrafo anterior se aplicará hasta en tanto sean aprobadas y publicadas las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones para el siguiente ejercicio fiscal.



Estado de México Artículo 198 bis Código Financiero
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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